Resolución sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en los centros docentes (página 16)
Así que me decido a poner una queja a través del email del servicio de atención al ciudadano (012). Mi correo electrónico fue el siguiente:
"Estimados señores:
Según aparece
en la página 16 de la resolución sobre la participación en el proceso de
admisión de alumnos en los centros docentes (enlace),
el desempate debe realizarse mediante un sorteo público de cuatro
letras que determina el orden según los apellidos. Este tipo de sorteos
son DISCRIMINATORIOS, ya que según el apellido del solicitante se
tienen más o menos probabilidades de salir elegido. Por tanto, el
proceso es anticonstitucional al producirse una discriminación por el
apellido de la persona.
http://www.jotdown.es/2013/05/
Pues bien, esta mañana me ha llegado la respuesta, firmada por la mismísima directora general de la Dirección General de Eduación Infantil y Primaria, Mercedes Ruiz Paz. Aquí la tenéis:
No salgo de mi asombro. El anumerismo llega hasta los que dirigen nuestro sistema educativo. Así que ya saben: en Madrid discriminan a los ciudadanos por su apellido.
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